Athané Hernández

Modelo 390

Modelo 390: Resumen anual de IVA en Zafra

Qué es, cuándo se presenta y cómo evitar errores.

El modelo 390 es la declaración anual que resume todo el IVA que has liquidado durante el año mediante los modelos 303 trimestrales. 

Si tienes un negocio en Zafra, Los Santos de Maimona, Villafranca de los Barros o cualquier municipio de la comarca del Río Bodión, cada mes de enero te va a tocar presentarlo ante la Agencia Tributaria, y aquí te explicamos exactamente qué es, quién está obligado y cómo hacerlo sin que Hacienda te abra un requerimiento.

En Athané Hernández, asesoría fiscal en Zafra, revisamos que tu modelo 390 cuadre con tus 303 trimestrales y lo presentamos por ti, en plazo y sin errores.

¿Qué es el modelo 390?

La declaración que resume tu año de IVA

El modelo 390 es una declaración informativa que recoge el resumen anual de todas las operaciones de IVA que has declarado trimestralmente a través del modelo 303. 

 

No es un impuesto nuevo ni supone ningún pago adicional: es, literalmente, el «resumen del año» que Hacienda te pide para comprobar que tus cuatro declaraciones trimestrales coinciden con el total anual.

 

Aunque no conlleva desembolso económico, sí es obligatorio para la mayoría de autónomos y empresas de Zafra que facturan con IVA, y presentarlo mal o no presentarlo puede derivar en sanción, aunque no hayas dejado de pagar nada.

 

Si quieres ver el resto de modelos que probablemente te tocan según tu actividad (IRPF, retenciones, censales…), tienes la guía completa de modelos fiscales para autónomos y empresas de Zafra.

Modelo 390 del IVA

¿Qué recoge exactamente?

El modelo 390 del IVA no se rellena «desde cero»: se construye a partir de la información que ya declaraste en tus cuatro modelos 303 del ejercicio. En concreto, recoge:

  • La base imponible de tus ingresos y gastos sujetos a IVA.
  • Las cuotas de IVA repercutido (el que cobras a tus clientes) y soportado (el que pagas a tus proveedores).
  • Los tipos impositivos aplicados: general (21%), reducido (10%) y superreducido (4%), además del 0% si trabajas con operaciones exentas.
  • El origen de las operaciones: nacionales, intracomunitarias o extracomunitarias.
  • El resultado final de la liquidación: a ingresar, a compensar o a devolver.

Por eso, cuanto más ordenadas lleves tus declaraciones trimestrales, más rápido y sin sustos se cumplimenta el modelo 390. 

Es el motivo por el que en Athané Hernández revisamos la contabilidad trimestre a trimestre, no solo en enero.

¿Cuándo se presenta el modelo 390?

Solo un mes al año para presentarlo: no lo dejes para el último día

El modelo 390 se presenta una vez al año, del 1 al 30 de enero, correspondiente al ejercicio anterior. Es decir, si en 2027 quieres declarar el resumen anual de IVA de 2026, tienes que presentarlo entre el 1 y el 30 de enero de 2027.

 

No hay prórroga ni excepciones por ser un negocio pequeño de la comarca: el plazo es el mismo para un autónomo de Zafra que factura poco que para una empresa grande de la zona. Lo único que cambia es la obligación de presentarlo o no (lo vemos en el siguiente apartado).

 

Consejo local: En Athané Hernández llevamos un calendario fiscal propio para negocios de Zafra y el Río Bodión; así nunca te encuentras el 29 de enero con la sorpresa de que falta un dato del último trimestre.

Instrucciones para presentar el modelo 390

Presentar el modelo 390 correctamente pasa por seguir estos pasos.

Si prefieres no lidiar con la Sede Electrónica ni con certificados digitales, en Athané Hernández nos encargamos de todo el proceso: revisión, cumplimentación y presentación del modelo 390 dentro de plazo.

1

Reúne tus cuatro modelos 303 del año. Son la base de todo el resumen anual; si alguno tiene un error, se arrastra al 390.

2

Verifica la base imponible y la cuota de IVA de ingresos y gastos, desglosadas por tipo impositivo (21%, 10%, 4%, 0%).

3

Diferencia el origen de las operaciones: nacional, intracomunitario o extracomunitario, ya que Hacienda las trata de forma distinta.

4

Distingue gastos corrientes de gastos de inversión y confirma que tienes contabilizados todos los gastos deducibles de tu actividad.

5

Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN para presentarlo de forma telemática. Consulta el procedimiento oficial en la Sede Electrónica de la AEAT.

6

Revisa que el resumen cuadre con la suma de tus cuatro trimestres antes de enviarlo: cualquier descuadre es motivo habitual de requerimiento de Hacienda.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 390?

Aplica a la mayoría, con muy pocas excepciones

Debe presentar el modelo 390 cualquier autónomo o empresa que realice una actividad sujeta a IVA y que presente el modelo 303 trimestralmente, tenga o no facturación en el ejercicio. Esto afecta a la gran mayoría de autónomos y pymes de Zafra: comercios, hostelería, profesionales, talleres, explotaciones agrarias que facturan con IVA, etc.

Están exentos de presentar el modelo 390:

✓

Autónomos en régimen simplificado (módulos).

✓

Autónomos dedicados al arrendamiento de bienes inmuebles urbanos (muy habitual en la comarca entre quienes alquilan locales o naves).

✓

Sujetos pasivos con autoliquidaciones no periódicas obligatorias.

✓

Empresas con una facturación superior a 6.010.121,04 € anuales.

✓

Contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual de IVA (SII).

✓

Grupos de empresas a efectos de IVA.

¿Quién está exento de presentarlo?

No todo el mundo tiene que presentar el modelo 390

Si no tienes claro si tu caso está exento o no, es uno de los errores más comunes entre autónomos que empiezan: mejor consultarlo antes de enero que arriesgarte a una sanción por no presentar algo que sí tocaba.

Sanciones por presentar el modelo 390 fuera de plazo

Presentar el modelo 390 tarde tiene consecuencias

Aunque no implique ningún pago directo:

  • Sin requerimiento de Hacienda: recargo del 1% fijo, más un 1% adicional por cada mes completo de retraso. Pasados 12 meses, el recargo sube al 15%.
  • Con requerimiento de Hacienda: la sanción se aplica según la Ley General Tributaria (infracción leve, grave o muy grave), calculada sobre lo dejado de ingresar en plazo.

En negocios de Zafra donde el volumen de IVA no es muy alto, estas sanciones pueden parecer menores, pero se acumulan año tras año si no se lleva un control del calendario fiscal.

El modelo 390

En Zafra y el Río Bodión

Si tu negocio está en Zafra, Los Santos de Maimona, Villafranca de los Barros, Fuente del Maestre o cualquier otro municipio de la comarca, el modelo 390 no es distinto al de cualquier otra parte de España, pero sí lo es la forma de gestionarlo cuando conoces bien la actividad de la zona: explotaciones agrarias, comercio local, hostelería y pequeñas empresas familiares tienen particularidades (arrendamientos de fincas, temporadas de facturación irregular, socios familiares) que conviene revisar antes de presentar el resumen anual.

 

En Athané Hernández, asesoría fiscal en Av. Antonio Chacón, 12, Zafra, llevamos el modelo 390 de autónomos y empresas de toda la comarca, cruzando cada trimestre con el anual para que no haya sorpresas en enero.

Olvídate del modelo 390

Nosotros
nos encargamos

Preparar el modelo 390 a última hora de enero, sin haber revisado los cuatro trimestres, es la forma más habitual de que aparezcan descuadres. En Athané Hernández:

  • Revisamos tus modelos 303 trimestre a trimestre, no solo en enero.
  • Calculamos y presentamos tu modelo 390 dentro de plazo.
  • Te avisamos con antelación si detectamos que tu actividad está exenta o si algo no cuadra.
  • Te acompañamos también en el resto de tus modelos fiscales: IVA, IRPF, retenciones, Impuesto de Sociedades y modelos censales.
Hablamos cuando quieras

+34 924 09 54 72

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L–V · 9:00–14:00 / 16:30–19:30

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Preguntas frecuentes sobre el modelo 390

¿Qué es el modelo 390?

Es la declaración informativa anual que resume todas las operaciones de IVA declaradas trimestralmente mediante el modelo 303. No supone ningún pago, pero sí es obligatoria para la mayoría de autónomos y empresas.

Del 1 al 30 de enero de cada año, correspondiente al ejercicio anterior. No hay prórroga por tipo de negocio ni por tamaño de empresa.

Sí. Si estás dado de alta en una actividad sujeta a IVA y presentas el modelo 303 trimestral, debes presentar el modelo 390 aunque no hayas tenido facturación.

Los autónomos en régimen simplificado (módulos), quienes se dedican al arrendamiento de inmuebles urbanos, empresas con más de 6.010.121,04 € de facturación anual y quienes estén inscritos en el Registro de Devolución Mensual de IVA, entre otros.

Hacienda aplica un recargo que crece cuanto más tarde lo presentes: desde un 1% el primer mes hasta un 15% si pasan más de 12 meses, y puede derivar en sanción si media requerimiento de la Agencia Tributaria.

Sí. En Athané Hernández revisamos tus modelos 303 trimestrales, calculamos el resumen anual y presentamos el modelo 390 dentro de plazo, tanto si eres autónomo como si tienes una empresa en Zafra o en la comarca del Río Bodión.

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