Lo que necesitas saber antes de encargarla
¿Te han dicho que tu empresa tiene que auditar cuentas este año y no tienes claro a quién puedes llamar? ¿O eres socio de una compañía en Zafra y quieres saber si puedes pedir tú mismo una auditoría aunque los administradores no quieran? No eres el único que llega a este punto sin una respuesta clara.
La confusión es normal: «auditoría» es una palabra que se usa para cosas muy distintas (una inspección de Hacienda, una revisión interna de calidad, un control de una entidad pública) y no todas se rigen por las mismas reglas.
Aquí nos centramos en la que más dudas genera a empresas y autónomos: la auditoría de cuentas, y en quién tiene autorización legal para realizarla en España.
¿Qué es exactamente una auditoría de cuentas?
Una auditoría de cuentas es la revisión de las cuentas anuales de una empresa (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria) para comprobar si reflejan la imagen fiel de su situación patrimonial y financiera.
No la hace cualquier profesional de la contabilidad: la ley reserva esta actividad a personas y sociedades concretas, precisamente porque el resultado (el informe de auditoría) tiene efectos frente a terceros: bancos, proveedores, socios, Hacienda o un futuro comprador de la empresa.
Esto es justo lo que responde a la pregunta que probablemente te ha traído hasta aquí.
¿Quién puede hacer una auditoría de cuentas en España?
La respuesta corta: solo un auditor de cuentas o una sociedad de auditoría inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), que depende del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), organismo público adscrito al Ministerio de Economía.
No basta con ser economista, titulado mercantil o incluso el contable de toda la vida de la empresa: hace falta una habilitación específica.
Requisitos para ser auditor de cuentas
Para inscribirse en el ROAC y poder firmar informes de auditoría, un profesional debe cumplir, entre otros, estos requisitos:
- Tener una titulación universitaria previa (normalmente ADE, Economía, Derecho o similar).
- Superar el examen de aptitud profesional del ICAC, con una parte teórica y otra práctica sobre contabilidad, auditoría, Derecho mercantil y fiscalidad.
- Acreditar un mínimo de tres años de experiencia práctica en trabajos de auditoría, bajo la supervisión de un auditor ya inscrito.
- Estar dado de alta y al corriente en el ROAC, y someterse a las inspecciones periódicas de calidad del ICAC.
Esta habilitación puede recaer en una persona física (auditor individual) o en una sociedad de auditoría, que a su vez debe estar formada mayoritariamente por auditores inscritos.
La independencia: el requisito que más empresas pasan por alto
Aquí está el matiz que más dudas genera en las pymes: el auditor tiene que ser independiente de la empresa auditada. Esto significa que, por ley, no puede auditar tus cuentas quien:
- Sea empleado, administrador o apoderado de tu empresa.
- Haya llevado tu contabilidad o participado en la elaboración de las cuentas que va a revisar.
- Tenga vínculos económicos o familiares relevantes con la sociedad o sus administradores.
En la práctica, esto quiere decir que tu propio asesor o gestor en Zafra no puede auditar las cuentas que él mismo te ha ayudado a preparar. Son dos figuras distintas y complementarias: una lleva tu contabilidad día a día, la otra la revisa desde fuera con una mirada independiente.
Tipos de auditoría: No todas responden a «quién puede hacerla» de la misma forma
- Auditoría externa u obligatoria por ley: La realiza siempre un auditor o sociedad del ROAC, ajeno a la empresa.
- Auditoría voluntaria: La empresa la encarga sin estar obligada, por transparencia, para negociar con un banco, ante la venta del negocio o para tranquilidad de los socios. También debe hacerla un auditor inscrito en el ROAC si se quiere que tenga valor de «informe de auditoría» en sentido legal.
- Auditoría interna: La puede hacer personal propio de la empresa o un consultor externo, pero es un control de gestión, no una auditoría de cuentas con validez legal frente a terceros.
¿Quién está obligado a auditar sus cuentas?
No todas las empresas necesitan un auditor. Según el artículo 263 de la Ley de Sociedades de Capital, una sociedad está obligada a auditar sus cuentas anuales si, durante dos ejercicios consecutivos, cumple al menos dos de estos tres límites:
- Activo total superior a 2.850.000 €.
- Cifra de negocio anual superior a 5.700.000 €.
- Plantilla media superior a 50 trabajadores.
También existen otros supuestos que obligan a auditar aunque no se superen estos umbrales: sociedades cotizadas, entidades de crédito y aseguradoras, empresas que reciben subvenciones o realizan obras para el Estado por encima de ciertos importes, o cuando lo exige expresamente la escritura o los estatutos de la sociedad.
¿Quién puede pedir una auditoría aunque la empresa no esté obligada?
Esta es la parte que menos se conoce, y donde más consultas recibimos en el despacho:
- Los socios minoritarios, con al menos un 5% del capital social, pueden solicitar al Registro Mercantil que nombre un auditor, aunque los administradores no quieran.
- Los acreedores, si su crédito representa al menos el 5% del pasivo total, pueden pedir al juez de lo mercantil el nombramiento de un auditor.
- Un juez o tribunal, en procedimientos concursales o societarios, puede ordenar una auditoría para aclarar la situación financiera real de la empresa.
Si te reconoces en alguno de estos casos, eres socio minoritario, acreedor o estás en medio de un conflicto societario en una empresa de Zafra o la comarca; conviene que alguien revise contigo si tienes ese derecho antes de mover ficha por tu cuenta.
Auditoría de cuentas ≠ inspección de Hacienda
Una confusión muy habitual: pensar que «me van a auditar» significa lo mismo que «me van a inspeccionar desde Hacienda». No es así.
La Agencia Tributaria puede revisar tu contabilidad y tus declaraciones dentro de un procedimiento de comprobación o inspección tributaria, pero eso es una potestad administrativa distinta, regulada por la normativa tributaria, y no exige que quien la realice esté inscrito en el ROAC: la lleva a cabo personal de la propia Administración.
Esta distinción importa especialmente si recibes una subvención pública: por ejemplo, quienes gestionan explotaciones agrarias en la comarca y solicitan las ayudas PAC saben que la administración concedente también puede exigir controles y verificaciones sobre el uso de esos fondos, algo distinto de la auditoría mercantil de la que hablamos aquí.
Qué hacer si tu empresa necesita auditarse
Si tras leer esto crees que tu empresa está cerca de los límites del artículo 263, ha recibido una solicitud de auditoría de un socio, o simplemente quieres encargarla de forma voluntaria antes de vender el negocio o pedir financiación, el primer paso no es buscar directamente al auditor: es tener la contabilidad ordenada y saneada antes de que llegue.
Un auditor trabaja mucho más rápido y detecta muchos menos problemas de última hora cuando la empresa llega con las cuentas claras, los libros al día y la documentación mercantil en regla.
Esa es precisamente la parte en la que trabajamos contigo desde Athané: preparamos y ordenamos tu contabilidad y tu fiscalidad, coordinamos la información que el auditor externo va a necesitar y te acompañamos durante todo el proceso, aunque nosotros, como es lógico, no podamos firmar el informe de auditoría de una empresa a la que asesoramos.
Si tienes una empresa en Zafra o la comarca del Río Bodión y necesitas una asesoría para saber si estás cerca de la obligación de auditar, o si simplemente te interesa poner en orden tu gestión fiscal y contable antes de que lo urgente tape lo importante, cuéntanos tu caso sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Puede mi asesor fiscal auditar mi empresa?
No, sí es quien lleva o ha llevado tu contabilidad. La ley exige independencia entre quien elabora las cuentas y quien las audita.
¿Necesito auditor si soy autónomo?
No. La obligación de auditar afecta a sociedades mercantiles (SL, SA…) que superan los umbrales legales, no a personas físicas dadas de alta como autónomas.
¿Cuánto tarda en nombrarse un auditor si lo pide un socio minoritario?
El Registro Mercantil resuelve la solicitud en un plazo que suele rondar el mes, aunque depende de cada expediente y de si hay oposición de la sociedad.
¿Qué pasa si mi empresa está obligada a auditar y no lo hace?
Las cuentas depositadas sin el informe de auditoría exigido pueden ser rechazadas por el Registro Mercantil, y la sociedad puede enfrentarse a sanciones y a la cerrada del registro para otros trámites societarios.
